La Ficha de Terceros es necesaria para cualquier relación con el Ayuntamiento de Recas que implique o pueda implicar el pago por prestaciones de bienes o servicios, subvenciones o ayudas.
La presentación se basa en rellenar una solicitud a través de un formulario web, dicha solicitud se convertirá por parte de la aplicación en un formulario PDF que posteriormente será firmado digitalmente.
Se añadirá la ficha de terceros como adjunto a esta solicitud. El modelo de la ficha de terceros está disponible en el apartado documentación.
La solicitud se inicia seleccionando en la parte de abajo: nueva instancia.
Personas físicas o jurídicas, acreedoras del Ayuntamiento de Recas.
En cualquier momento.
En tramitación electrónica recuerde que:
Para personas físicas, no obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con la administración, deberá acompañar a la solicitud fotocopia del DNI/NIF.
En su caso, deberán aportar permiso de residencia, NIE o número del pasaporte o documento de identidad del pais.
Tesorería General
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20151002&tn=2
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10566
RD 203/2021, de 30 de marzo, Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos
https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/03/30/203
Gratuito
No procede